Deducciones fiscales en reformas. Desde FONGASTEK  queremos que conozcas las tres nuevas deducciones temporales por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que permitan alcanzar mejoras de la eficiencia energética. Si este año vas a acometer una reforma no olvides este POST.

¿En qué viviendas puedes realizar las obras?

En tu vivienda habitual o en cualquier otra de tu titularidad que tengas arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este caso, la alquiles antes de 31 de diciembre de 2024.

No podrás aplicar la deducción por la parte de la obra que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda que esté afecta a una actividad económica.

Deducción del 20 %

Su periodo de aplicación se ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2023 y se aplica a vivienda habitual o aquella destinada al alquiler como vivienda habitual:

  • Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones que supongan al menos reducir en un 7 % el gasto de calefacción y refrigeración.
  • La deducción es de un 20 % del importe de las obras realizadas en este periodo de aplicación, con un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Deducción del 40 %

Su periodo de aplicación se ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2023, solo para viviendas habituales o destinadas al alquiler como vivienda habitual:

  • Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora y en las que se reduzca, como mínimo, un 30 % del consumo de energía primaria no renovable o bien que supongan la obtención de una clase energética A o B.
  • La deducción es de un 40 %, con un máximo de 7.500 euros por vivienda.

Deducción del 60 %

Su periodo de aplicación de ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2024 y solo aplican a actuaciones de mejora que afecten al edificio en su conjunto.

  • Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras que supongan la reducción de un mínimo del 30 % del consumo de energía primaria no renovable o que supongan la obtención de una clase energética A o B.
  • La deducción es de un 60 %, con hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

Se considerarán cantidades satisfechas por las obras realizadas, las propias obras, honorarios de profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.

En Fongastek somos expertos en la instalación de calderas de gas natural e instalaciones de aire acondicionado.
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